Un pasajero de United Airlines está demandando después de que un niño de cuatro años sufriera quemaduras graves por el té hirviendo que se sirvió en un vuelo de Newark a Tel Aviv el año pasado. El incidente pone de relieve un problema recurrente: las aerolíneas enfrentan consecuencias financieras limitadas por las lesiones sufridas por los pasajeros, incluso cuando esas lesiones son graves. Este caso, regido por el Convenio internacional de Montreal, demuestra cómo los marcos legales pueden proteger a los transportistas y al mismo tiempo dejar a las partes perjudicadas con daños limitados.
El Convenio de Montreal: una red de seguridad para las aerolíneas
El Convenio de Montreal dicta que las aerolíneas son responsables de las lesiones que ocurran a bordo de las aeronaves debido a “eventos inesperados o inusuales”, incluso si esos eventos se derivan de procedimientos de rutina realizados con negligencia. Sin embargo, la convención establece límites financieros estrictos a los daños. A diciembre de 2024, el límite es de aproximadamente $216,470, una suma que puede parecer sustancial pero que a menudo no cubre la atención médica a largo plazo, el dolor y el sufrimiento por lesiones graves.
Esto significa que se puede encontrar culpable a una aerolínea por causar un daño catastrófico a un pasajero, pero su exposición financiera está limitada, independientemente del alcance del daño.
El caso United Airlines: una cuestión de responsabilidad
En este caso específico, la aerolínea entregó una taza de té destapada a 200 grados a un pasajero de once años, quien aparentemente luego se la pasó al niño de cuatro años. La cuestión legal clave no es necesariamente si United es responsable (dado que la bebida caliente se sirvió a bordo), sino cuánta responsabilidad enfrentará.
Si el derrame se atribuye a un mal manejo por parte de un pasajero y no a negligencia de la tripulación, la aerolínea podría argumentar que siguió los procedimientos estándar y solo es responsable de una cantidad limitada. La falta de daños punitivos en los casos del Convenio de Montreal restringe aún más los posibles pagos.
El caso del café McDonald’s: un contraste en materia de responsabilidad
El infame caso del café McDonald’s ofrece un marcado contraste. Stella Liebeck obtuvo un importante veredicto inicial (luego reducido) después de sufrir graves quemaduras por café demasiado caliente. A diferencia de los casos de aerolíneas bajo el Convenio de Montreal, la demanda de Liebeck fue un reclamo de responsabilidad extracontractual nacional que incluía daños punitivos diseñados para disuadir el comportamiento negligente.
McDonald’s cambió la temperatura de servicio del café en respuesta, reduciendo las quemaduras al bajar el calor a 158°F. Sin embargo, la industria aérea no ha realizado cambios generalizados similares a pesar de los repetidos incidentes de quemaduras.
Un patrón de negligencia
Este no es un incidente aislado. Casos anteriores muestran que United y otras aerolíneas han estado involucradas en accidentes similares, incluido uno en el que el café hirviendo obligó a desviar el vuelo y otro en el que una azafata derramó líquido caliente sobre un pasajero. Frontier Airlines incluso enfrentó un incidente inquietante que involucró quemaduras en los genitales de un pasajero debido al té hirviendo.
Estos eventos recurrentes sugieren problemas sistémicos dentro de la industria, donde la reducción de costos o la capacitación inadecuada pueden pesar más que la seguridad de los pasajeros.
La cuestión de los límites
El Convenio de Montreal fue diseñado para simplificar el derecho aeronáutico internacional. Sin embargo, sus límites de responsabilidad plantean cuestiones éticas. ¿Deberían protegerse a las aerolíneas de la responsabilidad financiera total por lesiones graves, incluso cuando la negligencia es clara? Algunos argumentan que eliminar estos límites incentivaría a las aerolíneas a priorizar la seguridad de los pasajeros y adoptar mejores prácticas.
El sistema actual permite un cálculo de costo-beneficio donde las aerolíneas pueden aceptar un cierto nivel de riesgo y responsabilidad limitada en lugar de invertir en procedimientos más seguros. Esta no es sólo una cuestión legal; es moral.
























